Avanza un gobierno privado en Honduras

La Carta de la Primera Zona de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) de Honduras revela los peligros del nuevo modelo de enclave para la soberanía popular.

March 2, 2021

Niños jugando en Crawfish Rock, Honduras, el sitio de una "ciudad charter" o ZEDE. (Dassaev Aguilar)

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“Lo miramos casi como un insulto que esto nos pasa ahora, después de tanto sacrificio para poder nosotros desarrollar la comunidad al nivel que ya está”, explica Venessa Cárdenas, en Crawfish Rock, Roatán, al recordar a su abuela que falleció a los 90 años en mayo del año pasado. “Ella fue la que luchó por lo que nosotros tenemos como es el camino, escuela, agua, todos los proyectos ya sean los proyectos básicos… el gobierno en sí nunca ha traído un proyecto si nosotros no hemos luchado por él. Ella dio casi todo por esta comunidad. Esa es una de las razones por la cual yo, realmente mi familia, estamos firmes.”

La comunidad de Venessa está ubicada entre dos proyectos turísticos, Pristine Bay y Palmetto Bay, en la isla hondureña de Roatán, donde se desempeña como vicepresidenta del patronato. Su familia ha estado en Crawfish Rock durante cinco generaciones y ha visto diferentes tipos de inversiones turísticas llegar a la isla a lo largo de los años. Pero recientemente, las y los residentes de Crawfish se enteraron de que su municipio era el punto de partida para un nuevo modelo de enclave que ha permitido a un grupo de inversores de la firma NeWay Capital con sede en Washington, DC, establecer un sistema de gobernanza independiente como un experimento de jurisdicciones privatizadas.

A través de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), las y los hondureños están enfrentando una oleada de estas nuevas jurisdicciones, a las que las y los promotores internacionales se refieren como "ciudades charter", " ciudades startup" o "ciudades privadas libres". El economista estadounidense Paul Romer, actualmente desvinculado del proyecto, junto con políticos hondureños y hondureñas del Partido Nacional propusieron zonas similares a las ZEDE poco después del golpe militar de 2009, lo que convirtió al país en un lugar propicio para la experimentación de políticas neoliberales extremas. La ley ZEDE de 2013 otorgó a los inversores una autonomía legislativa, administrativa, judicial y financiera sin precedentes para una amplia gama de proyectos territoriales, incluido el desarrollo urbano y la extracción de recursos.

El marco legal de las ZEDE llamó la atención de las y los capitalistas de tendencia libertaria que buscaban oportunidades para crear un mercado global de gobiernos privados. Sin embargo, los desacuerdos internos y las controversias públicas sobre la corrupción gubernamental, el narcotráfico y el fraude electoral retrasaron el proyecto. Parecían ser humo y espejos, las promesas del gobierno sobre proyectos fantásticos de ciudades nuevas que construirían un “Hong Kong hondureño”. Mientras tanto, los intentos de establecer ZEDE se mantuvieron en gran parte en secreto para el público. Desde mayo de 2020, se han lanzado oficialmente dos ZEDE: la ZEDE “Honduras Próspera” (ZP) en Roatán donde se encuentra Crawfish Rock, y la ZEDE “Ciudad Morazán” en la ciudad industrial de Choloma. Los fundadores de Próspera han hecho referencia a un tercer sitio en La Ceiba, y también están considerando como futuros centros adicionales Cuyamel, Puerto Cortés, Puerto Castilla y Amapala en la región sur.

Según las y los habitantes de Crawfish, los promotores no presentaron el proyecto de Próspera en forma de ZEDE. Una vez que se reveló que era una ZEDE, el proyecto provocó un debate nacional sobre si las ZEDE representaban una privatización de la soberanía hondureña o eran simplemente una nueva forma de gobierno local democrático. La carta constitucional de la primera ZEDE en Honduras, Próspera, junto con su extenso código de reglas, se hizo público en el sitio oficial del Reglamento Interno Publicado de la Próspera ZEDE. Si bien la ley ZEDE, aprobada en 2013, ha sido analizada anteriormente, aquí discutiremos la forma de gobierno que este grupo de inversores ha establecido a través de la carta de Próspera dentro de los parámetros de autonomía que les otorga la ley ZEDE. Las implicaciones del sistema de gobernanza de Próspera incluyen una erosión de la soberanía popular, un modelo discriminatorio para la mayoría de las y los hondureños y una democracia interna engañosa y defectuosa.

Estructura de gobierno y toma de decisiones en la Próspera ZEDE

La estructura de la Próspera ZEDE, tal como se recoge en la carta constitucional aprobada el 26 de julio de 2019, es un modelo de gobernanza altamente corporativizado con mínimas oportunidades de participación. Una autoridad principal, el Secretario Técnico (ST), gobierna la ZEDE junto con otros órganos claves, incluido el "Promotor y Organizador", una empresa privada registrada en Delaware llamada Honduras Próspera LLC y el Consejo de Fideicomisarios, denominado "el Consejo " en este artículo. El Consejo supervisa el Fideicomiso de la ZP y es el principal órgano de gobierno de la ZP, con nueve miembros con derecho a voto, incluidos el ST y NeWay Capital y el director ejecutivo de Honduras Próspera LLC, Erick Brimen, como secretario. Otros fideicomisarios incluyen a Oliver Porter, fundador del modelo Sandy Springs en EEUU, Jeanette Doran, presidenta del Instituto de Derecho Constitucional de Carolina del Norte, y Gabriel Delgado, empresario de tecnología y criptomonedas asociado con la Universidad Francisco Marroquín en Guatemala. Sirven términos de siete años sin límites de término. Próspera también tiene dos Observadores del Consejo: Rodrigo Quercia, director general del conglomerado brasileño de bienes raíces, minoristas y agronegocios Grupo Solpanamby, y Tom Murcott, quien jugó un papel principal en la atracción de inversionistas y residentes al BID Songdo en la ciudad inteligente de Incheon en Corea del Sur.

La carta permite a Próspera operar como una corporación que puede contratar con actores públicos o privados. Un contrato principal es con el Proveedor de Servicios Generales (GSP), una entidad privada a la que se subcontrata la prestación de servicios como agua y electricidad, educación y atención médica, así como otros elementos de la gobernanza local. El GSP puede cobrar tarifas a cambio de servicios y paga una determinada regalía al Consejo.

Cualquier semejanza de democracia local en la carta de Próspera se ve socavada por el poder del Comité de Adopción de Buenas Prácticas (CAMP) sobre cada gobierno de las ZEDE. El CAMP es un organismo compuesto por 12 a 21 personas que fueron designados por el presidente Hernández y ratificados por el Congreso en 2014. Está sujeto a poca supervisión y llena sus propias vacantes. Según la información pública más reciente, sus miembros incluyen nueve ciudadanos y ciudadanas estadounidenses y solo cuatro hondureños. El CAMP debe aprobar la elección de Secretario Técnico de la ZEDE, así como las reglas y normas internas de la zona y, por lo tanto, tiene el poder de anular las decisiones locales.

Aun así, los límites a la toma de decisiones democráticas internas en la ZP también son significativos. Honduras Próspera LLC selecciona a cuatro de los nueve Fideicomisarios del Consejo. Aunque las y los “Residentes” de la ZP, aquellos que están aprobados y cumplen una lista de criterios que se explica a continuación, eligen a la mayoría de las y los tomadores de decisiones (cuatro Fideicomisarios del Consejo más el Secretario Técnico), las estipulaciones adicionales reducen incluso esta representación parcial. Hasta agosto de 2025, o cuando la ZP alcance una población de 10,000 Residentes, dos de los cuatro Fideicomisarios sujetos al voto de las y los Residentes serán elegidos únicamente por las y los propietarios de tierras. Los y las propietarias de tierras ejercerán un voto por metro cuadrado de tierra de propiedad registrada en el catastro independiente de la ZEDE. A partir de 2025, el Consejo determinará la continuación del voto mediante la propiedad de la tierra.. Para entonces, la ZP probablemente habrá firmado muchos contratos que serían difíciles de revertir, ya que la aprobación de cualquier regla que ponga fin a un contrato existente requerirá el voto de dos tercios del Consejo.

Solo después de que las y los Residentes naturales alcancen los 10,000, las y los Residentes tendrán la capacidad de derogar las reglas existentes con un voto de dos tercios y las nuevas reglas por mayoría simple, pero solo dentro de los siete días posteriores a la aprobación de la regla.

Estatus de Residente y probabilidad de exclusión

A pesar de una retórica de libertad y elección, es probable que la residencia en ZEDE esté restringida, incluso entre ciudadanas y ciudadanos hondureños. Los y las nuevas Residentes deben ser aprobadas por el Proveedor de Servicios Generales (GSP) privado de Próspera utilizando criterios que incluyen el espacio disponible en la ZEDE, la capacidad de la ZEDE para gestionar el crecimiento, la reputación y la armonía social de Próspera, los antecedentes penales del solicitante y la capacidad de pagar los impuestos y pagos respectivos. Estos incluyen una tarifa anual de Residente de $260 para ciudadanos y ciudadanas hondureñas y $1,300 para extranjeros y extranjeras, una tarifa anual de licencia de e-Gov de $130 para acceder a las plataformas de gobernanza digital de Próspera y una póliza de seguro de responsabilidad civil vendida por el GSP con una prima anual de $260 como máximo.

A través de un lenguaje vago como “reputación y armonía social”, es muy posible que el GSP use su poder discrecional para lograr cohesión política e ideológica en Próspera a través de la exclusión. En 2019, Titus Gebel, ex miembro del Consejo de la ZEDE de North Bay y jefe arquitecto del sistema legal de Próspera, dijo a un medio de comunicación alemán que las “ZEDE se reservarán el derecho de no admitir, por ejemplo: a criminales graves, comunistas e islamistas ".

Esta cohesión por diseño también se ve reforzada por un “Acuerdo de Coexistencia”, un contrato legalmente vinculante que las y los Residentes deben firmar con el gobierno de la ZP. Las y los administradores de la zona promocionan este Acuerdo como una codificación del “contrato social” celebrado entre las y los ciudadanos y gobiernos del estado-nación moderno. Esta vez, las y los ciudadanos (Residentes) pueden demandar a sus gobiernos por incumplimiento de contrato. Pero lo que el Acuerdo hace en efecto es reducir, sino eliminar, la posibilidad de la política contenciosa. En la Sección 1(b), las y los Residentes aceptan "la delegación de soberanía popular como sea necesaria para mantener el poder y a la autoridad que se mantiene en fideicomiso", así como "cumplir con las disposiciones de la Declaración comunitaria de interés común del Plan maestro del Promotor y Organizador de la ZP" , que se promulgará sobre todas las tierras registradas dentro de la ZP. A cambio, a las y los Residentes se les promete "estabilidad legal" en términos individuales y de propiedad.

El Acuerdo también parece excluir la posibilidad de asistencia social. Las y los Residentes deben comprometerse a ser “responsables de sí mismos”, es decir, a la capacidad de cumplir con las obligaciones financieras con la ZP, sin depender de cualquier subsidio del gobierno de la ZP. El incumplimiento de este Acuerdo puede resultar en la revocación de la residencia. Las y los nuevos Residentes también están sujetos a un período de prueba de un año, durante el cual la ZP puede rescindir su residencia sin causa. Las y los Residentes a quienes se les haya rescindido el contrato de residencia tienen 180 días para desalojar la zona antes de ser desalojados y desalojadas.

El costo, los requisitos y la selección subjetiva de la residencia hacen probable que algunos y algunas hondureñas que trabajan en la zona sean relegados a un cierto tipo de subclase no Residente.

Sistema de justicia

El Acuerdo de Coexistencia también resguarda a la Declaración de Derechos de Residentes, que enfatiza en las libertades individuales y en la protección de la propiedad privada. Este enfoque individualista de los derechos subjetivos contrasta con intentos internacionales actuales de aumentar la protección a los intereses colectivos y a los bienes comunes. El esquema de derechos de la ZP también rompe con los derechos sociales, tales como ciertos derechos laborales, derechos en salud, derechos relativos a la maternidad y el derecho del pueblo a la insurrección, que se cristalizaron en la Constitución de Honduras de 1982. A pesar de que todas las ZEDE están obligadas a “garantizar los principios constitucionales de protección a los Derechos Humanos”, no está claro legalmente cómo estas últimas pueden coexistir con el régimen de propiedad incrustado en la Carta Próspera.

El sistema de adjudicación de la ZP está diseñado para adoptar el derecho consuetudinario como una alternativa al sistema legal civil del país. El sistema está integrado por el Tribunal de Próspera y el Centro de Arbitraje de Próspera (PAC). El Tribunal de Próspera es un órgano judicial con jurisdicción exclusiva en la ZP, pero que se limita a asuntos penales y a los relacionado con niñez y adolescencia. El CAMP propone a los y las integrantes del Tribunal de Próspera, quienes luego son designados por el Consejo de la Judicatura de Honduras, pero hasta la fecha, no hay información disponible sobre las y los jueces que integrarán el Juzgado de Próspera.

El PAC es un mecanismo de resolución de disputas que eventualmente puede brindar servicios a varias ZEDE, y que el Acuerdo de Coexistencia obliga a las y los Residentes a utilizar, para todas las disputas excepto aquellas específicamente delegadas al Tribunal. Próspera ZEDE ya designó a ocho árbitros no hondureños y a un oficial de arbitraje hondureño para integrar el PAC. Los tres Árbitros Senior del PAC son del estado de Arizona en EEUU. También es de notar que el Director General y Secretario del PAC, Humberto N. Macias, también es Consejero General Adjunto de Honduras Próspera LLC. El Tribunal, el PAC o cualquier otro tribunal de arbitraje, están facultados para reformar la Carta Próspera. La reforma está sujeta a ratificación por mayoría simple de Residentes naturales mediante referéndum.

El acceso al sistema de justicia de la ZP para personas individuales o comunidades locales afectadas por las actividades de la ZP podría verse restringido por varias razones. Primero, la información sobre el sistema legal y de adjudicación de la ZP no es clara ni de fácil acceso para el público general. La adopción de un nuevo sistema jurídico podría excluir a las y los abogados hondureños que carecen de los medios necesarios para adaptarse a la práctica de la tradición del derecho consuetudinario. Por ejemplo, al marco legal creado por Próspera, llamado "Código de Derecho Consuetudinario de Roatán" que compila un amplio conjunto de normas sobre derecho privado, incluidas las del derecho consuetudinario estadounidense. En segundo lugar, no está claro si el sistema de adjudicación será físicamente accesible y económicamente asequible. Según una calculadora de tarifas de PAC, para que un Residente de Próspera presente, por ejemplo, un reclamo laboral de $10,000 bajo los procedimientos de arbitraje estándar, la tarifa estimada sería de $1,120 con $392 de esa cantidad pagada al momento de la interposición del reclamo, y todas las tarifas recuperables como costos por la parte ganadora. Para las y los ciudadanos hondureños (no Residentes de Próspera) este mismo trámite sería $378 más caro. Finalmente, las comunidades afectadas por la actividad de Próspera que se encuentran fuera de sus fronteras cuentan con mecanismos limitados para acceder a la justicia, ya sea a través de tribunales hondureños que no tienen jurisdicción sobre la ZP, o a través del sistema judicial de la ZP.

Una vez que la población de Próspera alcance un número de 1.000 Residentes (personas físicas), las y los Residentes de Próspera podrán presentar denuncias a través de un Defensor del Pueblo (Ombudsman en inglés) designado por el CAMP por violaciones a la Declaración de Derechos de Residentes. Sin embargo, el Defensor del Pueblo podría estar desmotivado de interponer denuncias dado que se hará personal y económicamente responsable si las y los árbitros determinan que el procedimiento "fue un abuso de procedimiento o de otro modo frívolo”.

Según Cárdenas, los representantes de Próspera han hecho poco para explicar el estatus de Residente o la estructura de gobierno a la población de Crawfish. Por el contrario, las y los residentes locales entienden que el gobierno municipal ya no tiene jurisdicción sobre los 58 acres ahora incorporados al modelo ZEDE. Los terrenos han sido presuntamente transferidos del catastro municipal a un registro independiente de la ZEDE Próspera.

El despojo de tierras es una preocupación fundamental de las comunidades. La ley ZEDE le otorga al Estado hondureño la facultad de expropiar tierra para el desarrollo o la expansión de cada zona, lo que debe ser compensado, pero no puede ser impugnado por las y los poseedores. Según el Registrador de Permisos de la ZP, las y los inversionistas incluso pueden solicitar un Permiso de Impacto Indígena cuando un proyecto plantee un "riesgo sustancial de desplazamiento involuntario de grupos de población indígena". El permiso tiene una duración de seis meses y cuesta $200.

En un archivo de audio enviado a la comunidad, el presidente ejecutivo de NeWay, Erick Brimen, ha dicho, al igual que el gobierno hondureño, que Próspera no tiene intención de expropiar a las y los hondureños de sus tierras: “[Nosotros] no hemos tomado ninguna tierra, no hemos forzado ninguna transacción, y nunca lo haremos. Nunca lo haremos. Tienen mi palabra al respecto. No tienen que aceptar mi palabra, pero la tienen ".

La construcción de viviendas de lujo ha comenzado en la propiedad. Según una encuesta de Próspera, los y las interesadas ​​en habitar la zona pueden reservar aparentemente con una tarifa reembolsable de $5,000. Los contratistas Bulldog Security han comenzado a asegurar el área de la ZP. Además, la ZEDE Próspera ha comenzado a admitir Residentes. Entre ellos, se ha fijado como objetivo atraer a trabajadores móviles de la industria de tecnología, emprendedores e inversores, ofreciéndoles un menú expansivo de opciones regulatorias.

Pero Cárdenas afirma que la lucha principal en este momento es lograr que el Congreso derogue la ley ZEDE.

“A mí no me interesa lo que dice nadie [sobre la] expropiación. Lo que me interesa es lo que han escrito en la Gaceta, de lo que aprobaron en el Congreso, porque ahí es... Esto es lo que vale...", dice. “Sí, te dicen ‘no vamos a expropiar’, [pero] tal vez el otro no va a decir eso, tal vez otros sí van a necesitar a Crawfish Rock o a otra comunidad. Entonces el riesgo es mucho para las y los hondureños".


Andrea Nuila Herrmannsdorfer es jurista internacional y candidata a doctorado por la Universität Bremen. Su investigación doctoral se centra en las implicaciones legales de zonas como ZEDE en el futuro del derecho internacional público.

Beth Geglia es investigadora y candidata a doctorado en antropología por la American University. Su investigación doctoral se centra en el desarrollo de las ZEDE, gobernanza y lucha de tierras en Honduras.

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